No obstante esta vulgaridad jurídica, el munícipe elude su obligación constitución y como salvador de los buenos, pretexta un temor a que esta ciudad fronteriza se convierta en refugio de delincuentes y honrando tan extemporáneo preocupación, es él y quien lo siga en esta medida los que se convierten en presuntos responsables de una conducta que puede actualizar una responsabilidad penal o administrativa.
Casi al borde de la taquicardia, confiesa el registro o el fichaje que desde diciembre vienen haciendo a los trabajadores de algunas empresas para prevenir el crimen y justifica su panacea anteponiendo razones que en el fondo no únicamente suenan rudimentarias e inútiles sino además resultan discriminatorias.
“Sucede que quien comete un delito en el Estado de México o en Guerrero siente que al irse a Nogales se fue a la región extranjera, entonces mantenemos la prevención a nivel de registro de personas que van llegando a la ciudad.”
El ejemplo que pone este señor, llamémoslo el Rudolph Giuliani (a la mexicana) evidencia, en el fondo, su ignorancia, su selecto afán justiciero y desde luego su germánica visión racista y discriminatoria, según él, para atacar al crimen.
Primero da por un hecho que los potencialmente delincuentes no vienen de ninguna otra parte más que del sur del país. Segundo: que estos-y bajita la mano recurre a un mal chiste- creen estar en suelo norteamericano cuando apenas si están arribando a la frontera vía Nogales Sonora, y, tercero, anteponiendo esta acusación sin fundamento, hace mutis con respecto a dos delitos que, muchas de la veces muy juntitos, resultan ser mas preocupantes: el tráfico de personas y el narcotráfico.
Pero El Diván por enésima vez puede andar equivocado y por argüir razones constitucionales, ciego él, no ve los grandes beneficios que este censo de personas- dos mil hasta ahorita- trae consigo. Es el propio Martínez Dabdoub, en el papel de Mario Moreno “Cantinflas” quien nos las dice: “Las personas que se registren tienen la ventaja de que con eso tienen su identificación y forma de circular libremente por la ciudad sin que nadie los moleste (sic) y el Ayuntamiento de revisar en las bases nacionales sino tienen antecedentes” (recontrasic!!)
El Diván se desorbita, hace un esfuerzo y en su imaginario ve en la diestra de algunos de esos trabajadores ya plaqueados, una credencial recién enmicada que a letra puede decir: “La presente acredita a Fulano de tal como…” Y luego varias categorías de acuerdo a cada empadronado: PROBABLE DELINCUENTE, EXONERADO, CON ANTECEDENTES PENALES, LIBRE DE CULPA, SUREÑO DE BAJA PELIGROSIDAD, BORRACHO PARRANDERO Y JUGADOR, BEBEDOR PERO TRANQUILO y en fin, las que el lector guste imaginarse. Abajo vendría la fecha de vencimiento y la firma del propio Martínez Dabdoub.
Los alcances preventivos de la medida no paran ahí, pues el señor de apellido tan autóctono afirma “que se hace porque un alto porcentaje de robos domiciliarios y asaltos a personas y tiendas (sic)sobre todo los fines de semana, está asociado con personas que viven solas(…)y que por vivir solas se dedican a ingerir bebidas alcohólicas y enervantes y el domingo ya andan sin dinero y con ese anonimato lo mas atractivo es ir a romper un cristal o si en eso encuentran un arma para el siguiente robo la usan para el siguiente robo lo usan lo que es una situación altamente repetitiva.”
Este tesón del alcalde fronterizo- a quien pareciera que esos “viciosos” trabajadores le hubieran convidado un chirrín de lo que consumen antes de hacer estas memorables declaraciones- ha rendido frutos y ya tuvo su primera muestra de apoyo y justificación. ¿Le llegó una misiva de felicitaciones del Sistema Nacional de Seguridad Pública? ¿Fue el kuskusklan el que le envió el cumplido? ¿minute man aplaudió la puesta en práctica de este matriculado de sospechosos y hasta le pide asesoría?.
Ninguna de las opciones es correcta. El espaldarazo vino del Presidente de
Tanto uno como el otro , digamos, no recuerdan que el artículo 1 de
Tampoco recuerdan-y hay que entenderlos pues sus actividades deben ser infinitas - que el artículo 16 de la misma carta magna advierte que “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad COMPETENTE, que FUNDE y MOTIVE la causa legal del procedimiento.”
Menos vendrá a su cabeza que, según la última parte del artículo 2 de
Aquí radica el principio de legalidad contra el cual atenta Martínez Daubdoub y cualquier otra persona que, en su carácter de funcionario público, colabore en esta singular medida que bien puede hacer el uno-dos con las tomadas en Arizona.
Eso sí: que no olviden que el alcalde se sujetó al artículo 157 de
El artículo que le sigue (les apuesto que es el 158) debiera ser el primer paso para llamar a cuentas a Martínez Daubdoub: “SERÁ MOTIVO DE RESPONSABILIDAD el hecho de que las autoridades, funcionarios o empleados del Estado o de los Municipios, ejecuten en perjuicio de tercero o de la sociedad, ACTOS QUE NO LES ESTÁN MANDATADOS O PERMITIDOS EXPRESAMENTE POR
El Diván esta seguro, segurísimo- no sin ruborizarse por tanta candidez- que con la misma celeridad y enjundia que se hizo en Cananea el Estado de Derecho en el Municipio de Nogales imperará.
De lo contrario(no vaya a ser el diablo) adviértase, júrolo - así nos lo recrimine en el mas allá el Piporro- no estamos dispuesto a pararnos por buen tiempo en suelos de esa chula frontera.
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