jueves, 21 de febrero de 2008

ESTE TEXTO NO TIENE NOMBRE PERO EMPIEZA POR EL PRINCIPIO COMO DICEN QUE DEBEN EMPEZAR TODAS LAS COSAS

por Miguel Angel Avilés

Para y por Myriam Dennis Ramos, en su IV

Aniversario luctuoso

“Por cinco pesos y una tarjeta telefónica, un hombre golpeó con un palo de escoba a su pareja provocándole una contusión en la nuca, en un domicilio de la invasión Laura Alicia Frías.”

“Dos maridos en estado de ebriedad en diferentes puntos de la ciudad golpearon a sus esposas en las últimas horas del jueves.”

“Marido celoso balea a esposa. Cegado por los celos golpea a su mujer y le pega un tiro en el abdomen. Esta muy grave.”

“Encuentran un cadáver. Lo restos de la víctima del sexo femenino tienen alrededor de un mes y ya presentan avanzado estado de descomposición.”

Los ejemplos anteriores- tomados al azar, así nomás estirando la vista hacia cualquier periódico viejo- pueden ser el retrato hablado de una realidad que desafía diariamente las buenas intenciones de la ley, mas bien dicho: las muchas leyes que aspiran detener la violencia de género que por si solas no detendrán este problema

Si empezamos por el principio como dicen que deben de empezar todas las cosas, diré tan sólo que el artículo 1 de la Ley de Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar, “tiene por objeto establecer las bases y procedimientos para la Prevención y atención a la Violencia Intrafamiliar en el Estado de Sonora a efecto de erradicar esta práctica dentro de la familia.”

Esta ley pudiera ser suficiente y podemos considerar, sin lugar a dudas, que la misma es un acierto y que su aprobación constituyó un paso importante en la modernización conceptual de nuestra legislación aplicable.

Sin embargo, también podemos decir que es importante atender algunos factores que nublan la vigencia de esta y del resto que se han ido aprobando y aprobando y aprobando en relación a esta temática.

Esa LPAVI nació a partir del empuje tesonero de algunos organismos sociales que consideraban necesario legislar sobre esta materia.

Pero ese interés mostrado por dichos grupos, no resultaba ser el mismo que, en los hechos, mostraron algunos de los legisladores encargados de aprobarla y los órganos de procuración y administración de justicia corresponsables de aplicarla.

Hubo entonces un distanciamiento entre quienes querían que se aprobara esta ley (no todos especialistas en el terreno jurídico) y quienes, en el Congreso del Estado, decidieron aprobarla(algunos presionados por el empuje del tema, otros para no desentonar políticamente) y después aplicarla aunque no fuera muy consecuente ni se estuviera muy convencido de su necesidad),y quienes si estaban mas familiarizados con esa técnica jurídica, pero les hacia falta mucha información y capacitación sobre violencia intrafamiliar, género y toda esta variedad de tópicos.

Nadie realizó el trabajo poslegislativo serio ni monitorearon la efectividad de la ley permitiendo así que buena parte de un viejo esquema ministerial y judicial fuera el encargado de echar a andar esta novedad jurídica

Ha pasado el tiempo y creo-aunque mas me gustaría equivocarme- que el Estado y en especifico las autoridades responsables de su aplicación y las ONG´S que gravitan en torno a este fenómeno social se han conformado con aprobar una ley, otra y otra y otra sobre violencia intrafamiliar y hacia las mujeres prevaleciendo en algunos casos el lucimiento sobre la verdadera preocupación, limitando su participación hasta el día de su aprobación, su pomposo anuncio cual si en realidad fuera la panacea ante el problema y hecho esto, se distancian de su obligación poslegislativa y la prueba de efectividad pragmática de lo que con tanto júbilo aprobaron.

A pesar de los cursos de capacitación- me consta- que la PGJ que con acierto ha puesto en práctica en todo el Estado aún son contadas las agencias del Ministerio que adquieren el carácter de especializadas en delitos sexuales y violencia intrafamiliar y de conformidad con el artículo del artículo 15 de la ley, fuera de la capital las funciones especializadas serán asumidas provisionalmente por el Agente del Ministerio Público que corresponda.

Esto es riesgoso ya que es posible que en algunos lugares todavía se pueden encontrar con Agencias del ministerio público que operan bajo los mismo esquemas extralegales de antaño donde esto de la violencia intrafamiliar y hacia las mujeres le importa mucho menos que la simple llegada de su quincena.

En muchas si encontramos avances cualitativos como puede ser actualmente en una de las especializadas de Hermosillo, es decir la encabezada por la Licenciada Claudia Indira Contreras. En otras, me consta- se observa a un ministerio público o cualquier personal de la agencia con mucha indiferente, montado en la inercia, altivo, insensible, omnipotente, lento, avasallador, haciendo lo posible por ahuyentar a la víctima para que no denuncia , regido sólo por la reconfortante exclusividad de su poder.

También- aunque esto no sea en todos los casos- aparece un personal no siempre observado por el ministerio público que se caracteriza por su descortesía, su frialdad y la escasa privacidad en las diligencias; sus decisiones son unipersonales y precipitadas-ahí en el primer contacto con la víctima hacia cual por lo regular provocan el desaliento y estas prefieren ya no volver.

Incluso, a veces podemos ver como la recepcionista o el par de agentes judiciales que yacen en la puerta, interrogan a la víctima sobre los detalles del caso y lo hacen frente al resto de los usuarios ajenos a ese particular conflicto.

Esa misma persona puede, bajo su limitado criterio- decidir si el asunto que le plantea dicho usuario corresponde a la violencia intrafamiliar o tiene que irse a otras agencia, cuando tendría que ser el secretario de acuerdos o el ministerio público quien tomara esa decisión. También ocurre que algunas agencias del Ministerio Público anteponen el no, al inminente denunciante y se niegan a recibir la denuncia aludiendo incompetencia por razones de sector y sin mas la canalizan a la Agencia especializada aun cuando en ocasiones esta quede muy retirado del domicilio de la víctima quien de por sí ya cansado de la violencia recibida, se desalienta y opta de nuevo por abandonar la idea de denunciar, pasándose por alto dicho personal la circular del 26 de Febrero de 2004, suscrito por el entonces Procurador General de Justicia, Lic. Rubén Díaz Vega emitió una circular con el objeto de que las agencias investigadoras del Ministerio Público estén obligas a recibir y registrar todas las denuncias y querellas que se les presenten por la ciudadanía aun cuando por razón de territorio le corresponda conocer de los hechos a otra agencia de esa dependencia .

Por eso la capacitación sobre violencia intrafamiliar , estudio de género, violencia hacia las mujeres y demás, merece ir desde el Agente del Ministerio Público hasta el resto del personal, incluyendo desde luego a los agentes judiciales, quienes como auxiliares del propio MP, en no pocos casos anteponen su altivez, suman su violencia a la que de por sí ya sufre la denunciante, son subliminales defensores del generador de aquella e incluso- en un cortejo oportunista o de plano en un declarado acoso, me consta, llegan a convertirse en hostigadores sexuales de la víctima.

A parte de las facultades que tiene el MP para perseguir el delito o en su caso, de las correspondientes al juez de lo familiar si se trata de un asunto en esa materia, se requiere de un escrupuloso cuidado, seguimiento y respeto a las medidas cautelares o de protección que alternamente se deben de tomar en estos casos y no esperemos a que esta vuelva y vuelva a denunciar o ya no lo haga –tal como ha sucedido-porque el generador de violencia ya la privo de la vida, según se constata, por ejemplo, con los último casos de femenicidio.

Para ello se requiere un real seguimiento a cada caso y una verdadera coordinación de los niveles de gobierno, y que cuando menos la policía municipal cumpla con su obligación de llevar a cabo permanentemente lo ordenado por la autoridad ministerial o judicial.

Debe advertirse que al menos en el procedimiento penal es muy poco lo que se está haciendo tanto por la víctima en relación a una atención psicológica que le restaure su muy deteriorado estado emocional como por el generador de la violencia a fin de erradicar en él estas prácticas. Bastaría hacer un muestreo en cualquier juzgado para cerciorarnos que son muy escasos los expedientes donde aparece la intervención de algunas de las autoridades que cita la ley y corroborar lo que ahora digo.

Por eso y por muchas cosas mas es muy importante que todas, toditas las autoridades que señala tanto la Ley de Prevención y Atención de Violencia Intrafamiliar como el rosario de leyes que hay, se pongan de una vez por todas las pilas las pilas, dejen a un lado su exclusivo cuidado de su imagen institucional, aceiten su maquinaria y en ejercicio de sus bien definidas facultades le echen la mano al MP y a los jueces correspondientes(sea en la materia familiar, sea en la materia penal) pues en la práctica y en los juicios concretos que están acá en la vida terrenal, pareciera que ellos son los únicos responsables de hacer cumplir los objetivos de estas leyes, y erradicar o atenuar la práctica de la violencia dentro de la familia y hacia las mujeres..

En mucho ayudaría incentivar una campaña de información tanto de las leyes, y su contenido como de todas las autoridades encargadas de aplicarla: que hace y que esta haciendo cada una, donde se localizan, quien las atiende y como llegar a ellas y monitorear con rigor, con mucho rigor el trato que específicamente en las agencias de las ministerio público reciben las víctimas de este delito.

Es muy importante también-esto lo insistiré hasta el cansancio- que el Consejo Estatal, o sea el CEPAVI, se posicione ante la gente-no ante quienes siempre estamos en estos foros-, sino ante la gente y que esta sepa que existe y- en el mejor ánimo de la palabra- que aquel resulta útil y sirve de algo, pero sobre: que cuando a todos estos lugares se recurra, se de muestras de que si son funcionales y resuelven conflictos o atienden, con obligada eficiencia pública, una petición, a fin de que no se convirtieran en instituciones de ornato y de desconfianza ciudadana, como se han convertido tantas.

como lo decía al principio, por herramientas legales no quedamos: contamos con la Constitución General de la República, los códigos locales, desde luego la Ley de Prevención y atención de la Violencia Intrafamiliar , La ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y adolescentes del Estado de Sonora, la Ley de Atención y Protección a Víctimas del delito para el Estado de Sonora, Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Estado de Sonora la Ley de Ejecución se Sanciones Privativas y medidas Restrictivas de libertad, la Ley que crea el fondo para la Procuración de Justicia del Estado de Sonora, por citar algunas.

Puede que todas estas consideraciones sean un arrojo de mi parte, que aquí haya pintado otra realidad pero no la nuestra y que cada funcionario y cada actor involucrado en este tema este logrando inmejorables niveles de eficiencia. Si es así, hagan caso omiso a estas palabras como si no hubiera dicho nada, terminen por el final como dicen que deben de acabar todas las cosas y sólo concluyan esta lectura para salir a disfrutar de estas paradisíacas regiones que alguna vez, en mi paranoica imaginación, un gran sector de la población pero sobre todo las mujeres recibieron en su perjuicio altísimos niveles de violencia.

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